/ viernes 21 de enero de 2022

Antena | Telcel y la política fiscal de la 4T

El próximo miércoles, en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo la ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayan se abordará un amparo en revisión interpuesto por Radiomovil Dipsa, S.A. de C.V. (TELCEL) en contra del artículo 69-B, del Código Fiscal de la Federación y el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte.

Hay que recordar que el Gobierno de la 4T está en contra de las condonaciones de impuestos, máxime si se trata de grandes empresarios y en el caso, TELCEL está peleando la negativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a gozar del estímulo fiscal de acreditar el 50% del IVA en la región fronteriza norte. ¿La 4T estará de acuerdo en que se le conceda tal beneficio fiscal?

EL SAT para sustentar la negativa argumentó que fue beneficiada con una condonación y que realizó operaciones con empresas que están en el supuesto de la presunción de inexistencia de operaciones en relación con los comprobantes fiscales expedidos, y, por tanto, no puede ser beneficiaria del estímulo fiscal.

El Presidente ha dicho que ahora: “no existe el ofensivo privilegio de las condonaciones, estamos cobrando deudas vencidas y no se tolera el fraude fiscal” “estamos mejorando la recaudación de impuestos procurando cobrar a grandes corporaciones nacionales y extranjeras que se las ingeniaban para no pagar sus contribuciones…”.

Ahora, le corresponderá a la SCJN decidir sobre los fallos en contra que trae TELCEL en este asunto, en instancias judiciales inferiores, por lo que se ve, vendrán semanas decisivas para el Agente Económico Preponderante (AEP) junto con Telmex y América Móvil, pertenecientes a Grupo Carso, no sólo en el ámbito judicial.

Interferencias

En ese tenor en las próximas semanas se conocerá el futuro de Claro Video (que pertenece a América Móvil) para prestar servicios de televisión, es claro que el AEP tiene prohibido prestar tal servicio con motivo del título de concesión de Telmex, además que la Constitución y la ley claramente dicen que para autorizarle un servicio adicional debe haber condiciones de competencia, mismas que no existen.

La “chicana” del preponderante consiste en decir que Claro Video no pertenece al AEP, que la prohibición sólo aplica a Telmex y que no se utilizaría la red de Telmex para prestar el servicio de televisión restringida; lo cierto es que Claro Video es parte del grupo económico del AEP, en otras palabras, son los mismos pero operan con empresas diferentes; la prohibición de Telmex es por el carácter histórico del poder económico que tiene sobre las redes fijas y que además ha expandido a las redes móviles.

Por otra parte, no se trata de que use sus redes fija y móvil para prestar el servicio de televisión, sino el poder de mercado que tiene, ya lo hizo con Dish y fue multada.

El próximo miércoles, en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo la ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayan se abordará un amparo en revisión interpuesto por Radiomovil Dipsa, S.A. de C.V. (TELCEL) en contra del artículo 69-B, del Código Fiscal de la Federación y el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte.

Hay que recordar que el Gobierno de la 4T está en contra de las condonaciones de impuestos, máxime si se trata de grandes empresarios y en el caso, TELCEL está peleando la negativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a gozar del estímulo fiscal de acreditar el 50% del IVA en la región fronteriza norte. ¿La 4T estará de acuerdo en que se le conceda tal beneficio fiscal?

EL SAT para sustentar la negativa argumentó que fue beneficiada con una condonación y que realizó operaciones con empresas que están en el supuesto de la presunción de inexistencia de operaciones en relación con los comprobantes fiscales expedidos, y, por tanto, no puede ser beneficiaria del estímulo fiscal.

El Presidente ha dicho que ahora: “no existe el ofensivo privilegio de las condonaciones, estamos cobrando deudas vencidas y no se tolera el fraude fiscal” “estamos mejorando la recaudación de impuestos procurando cobrar a grandes corporaciones nacionales y extranjeras que se las ingeniaban para no pagar sus contribuciones…”.

Ahora, le corresponderá a la SCJN decidir sobre los fallos en contra que trae TELCEL en este asunto, en instancias judiciales inferiores, por lo que se ve, vendrán semanas decisivas para el Agente Económico Preponderante (AEP) junto con Telmex y América Móvil, pertenecientes a Grupo Carso, no sólo en el ámbito judicial.

Interferencias

En ese tenor en las próximas semanas se conocerá el futuro de Claro Video (que pertenece a América Móvil) para prestar servicios de televisión, es claro que el AEP tiene prohibido prestar tal servicio con motivo del título de concesión de Telmex, además que la Constitución y la ley claramente dicen que para autorizarle un servicio adicional debe haber condiciones de competencia, mismas que no existen.

La “chicana” del preponderante consiste en decir que Claro Video no pertenece al AEP, que la prohibición sólo aplica a Telmex y que no se utilizaría la red de Telmex para prestar el servicio de televisión restringida; lo cierto es que Claro Video es parte del grupo económico del AEP, en otras palabras, son los mismos pero operan con empresas diferentes; la prohibición de Telmex es por el carácter histórico del poder económico que tiene sobre las redes fijas y que además ha expandido a las redes móviles.

Por otra parte, no se trata de que use sus redes fija y móvil para prestar el servicio de televisión, sino el poder de mercado que tiene, ya lo hizo con Dish y fue multada.