/ miércoles 22 de enero de 2020

Regulan acciones de vigilancia en clínicas de cirugía plástica

El estado de Guanajuato cuenta con 52 establecimientos en cirugía plástica y reconstructiva, además de 80 salas de belleza y SPA

Intensifica la Secretaría de Salud de Guanajuato sus acciones de vigilancia sanitaria en los 52 establecimientos en donde se practican cirugía plástica y reconstructiva y salas de belleza y SPA que operan en el estado.

De acuerdos a informes de la dependencia se indica, que se implementa un programa de vigilancia y control sanitario de los establecimientos en los que se llevan a cabo procedimientos de belleza, entre ellos consultorios especializados en cirugía plástica y reconstructiva y de mejora estética.

De acuerdo a un censo actualizado, se conoce que suman 52 establecimientos en cirugía plástica y reconstructiva y 80 salas de belleza y SPA.

Se explicó que la vigilancia sanitaria, consiste en verificar que el profesional que oferta y lleva a cabo el servicio cuente de ser el caso con la especialidad y cédula correspondiente en cirugía plástica y reconstructiva, y que debe contar con el aviso de Funcionamiento y de Responsable Sanitario.

Además el personal encargado de estas acciones, comprueba que los establecimientos cuenten con el sello de recibido de parte de la Jurisdicción Sanitaria, correspondiente al municipio en donde se localice el giro.

De acuerdo a lo señalado por la SSG, uno de los aspectos de mayor importante es que cuenten con el mobiliario, equipo e instrumental que señala la NOM-016-SSA3-2012 que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

En base a lo señalado por la Ley General de Salud la cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias, y que únicamente podrán realizar dichos procedimientos los médicos con título profesional y cédula de especialidad.

La Secretaría de Salud recomienda a la población que al acudir a estos establecimientos deben de tomar en cuenta:

Elegir un profesional de la salud acreditado y certificado. Tienes derecho a solicitar que los documentos te sean exhibidos.

⬇️ Dale clic aquí ⬇️

Que el profesional explique el procedimiento al paciente, estableciendo los riesgos y beneficios.

El establecimiento debe de contar con la documentación legal que acredite los procedimientos y servicios que ofrece, así como la infraestructura necesaria para su atención médica integral.

Que los productos y equipos utilizados en los tratamientos o terapias no sean ofertados mediante publicidad engañosa o milagrosa y cuenten con los registros sanitarios correspondientes.

El establecimiento cuente con el aviso de funcionamiento, cuente con responsable sanitario y en su caso con licencia sanitaria vigente, documentos que deben estar a la vista.

Intensifica la Secretaría de Salud de Guanajuato sus acciones de vigilancia sanitaria en los 52 establecimientos en donde se practican cirugía plástica y reconstructiva y salas de belleza y SPA que operan en el estado.

De acuerdos a informes de la dependencia se indica, que se implementa un programa de vigilancia y control sanitario de los establecimientos en los que se llevan a cabo procedimientos de belleza, entre ellos consultorios especializados en cirugía plástica y reconstructiva y de mejora estética.

De acuerdo a un censo actualizado, se conoce que suman 52 establecimientos en cirugía plástica y reconstructiva y 80 salas de belleza y SPA.

Se explicó que la vigilancia sanitaria, consiste en verificar que el profesional que oferta y lleva a cabo el servicio cuente de ser el caso con la especialidad y cédula correspondiente en cirugía plástica y reconstructiva, y que debe contar con el aviso de Funcionamiento y de Responsable Sanitario.

Además el personal encargado de estas acciones, comprueba que los establecimientos cuenten con el sello de recibido de parte de la Jurisdicción Sanitaria, correspondiente al municipio en donde se localice el giro.

De acuerdo a lo señalado por la SSG, uno de los aspectos de mayor importante es que cuenten con el mobiliario, equipo e instrumental que señala la NOM-016-SSA3-2012 que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

En base a lo señalado por la Ley General de Salud la cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias, y que únicamente podrán realizar dichos procedimientos los médicos con título profesional y cédula de especialidad.

La Secretaría de Salud recomienda a la población que al acudir a estos establecimientos deben de tomar en cuenta:

Elegir un profesional de la salud acreditado y certificado. Tienes derecho a solicitar que los documentos te sean exhibidos.

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Que el profesional explique el procedimiento al paciente, estableciendo los riesgos y beneficios.

El establecimiento debe de contar con la documentación legal que acredite los procedimientos y servicios que ofrece, así como la infraestructura necesaria para su atención médica integral.

Que los productos y equipos utilizados en los tratamientos o terapias no sean ofertados mediante publicidad engañosa o milagrosa y cuenten con los registros sanitarios correspondientes.

El establecimiento cuente con el aviso de funcionamiento, cuente con responsable sanitario y en su caso con licencia sanitaria vigente, documentos que deben estar a la vista.

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