/ miércoles 16 de febrero de 2022

Podrían suspenderte la Pensión Bienestar: lo que debes y no debes hacer si no ves tu pago reflejado

El beneficio de la Pensión Bienestar puede ser retenido, suspendido e incluso anulado; te decimos qué situaciones debes evitar

El apoyo de pensión para adultos mayores acumula al momento a más de ocho millones de personas de edad avanzada, a quienes se les brinda un apoyo económico bimestral.

➡️AMLO busca pensión universal para personas con discapacidad

Por lo anterior, las autoridades buscan incrementar la demanda de los solicitantes, por lo que buscan que este apoyo llegue a beneficiar a alrededor de 10 millones de mexicanos.

Para poder lograrlo, se anunció que el monto del apoyo pasará a los 6 mil pesos bimestrales para 2024. Además de que la edad mínima se reducirá a 65 años.

A pesar de revelar tales beneficios, la Secretaría del Bienestar detalló algunas Reglas de Operación, pues la pensión podría retenerse, suspenderse o anular definitivamente.

¿Cómo me puden suspender, retener o anular la Pensión Bienestar?

Motivos de suspensión

De acuerdo con lo señalado por la Secretaria del Bienestar se puede suspender el apoyo por los siguientes motivos:

  • En caso de retención, el beneficiario tendrá que aclarar los motivos que se investigan, por ejemplo, si se identificó que estaba duplicado, o que cobra apoyos simultáneos. Si no lo hace en un periodo de cuatro meses, la ayuda se suspenderá
  • La persona derechohabiente o su adulto auxiliar podrán solicitar que sea revisada la situación de suspensión del padrón en el momento que lo considere; la Secretaría del Bienestar deberá apoyar en este proceso

➡️ Gobierno Federal buscará aumentar pensión de adultos mayores para 2024

Motivos para la retención

El beneficio del gobierno se retendrá si el derechohabiente realiza algunos de los siguientes supuestos:

  • Si existen inconsistencias en los datos personales o en la documentación del derechohabiente
  • Cuando el beneficiario no se presenta a cobrar su pensión durante dos bimestres consecutivos (se excluyen los periodos en los que se otorgue el pago adelantado; ej. temporalidad de elecciones federales)
  • Cuando el derechohabiente aparezca duplicado en el padrón
  • Cuando se detecte alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente
  • Cuando en el Registro Nacional de Población el beneficiario aparezca en situación de defunción (se debe comprobar información)
  • Cuando se realice la compulsa de datos en sitio por el personal de la Secretaría de Bienestar y no puedan localizar al beneficiario o al adulto auxiliar en fechas y horas distintas hasta en dos ocasiones consecutivas
  • Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos

Se busca que para 2024 el apoyo económico incremente a 6 mil pesos. | Foto: Bienestar

Bajas definitivas

  • Si el derechohabiente realiza lo siguiente será motivo de baja definitiva:
  • Cuando se notifique el fallecimiento del derechohabiente por parte del registro civil, la autoridad local o el adulto auxiliar
  • Cuando el beneficiario lleve suspendida la pensión durante cuatro meses consecutivos
  • Cuando se detecte que el adulto mayor proporcionó información o documentación falsa
  • Al identificar que el afiliado no cumple con los Criterios de Elegibilidad enumerados en el artículo 3.3 del documento de Reglas de Operación
  • Cuando el beneficiario solicite la baja voluntaria
  • Cambio de residencia temporal



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

El apoyo de pensión para adultos mayores acumula al momento a más de ocho millones de personas de edad avanzada, a quienes se les brinda un apoyo económico bimestral.

➡️AMLO busca pensión universal para personas con discapacidad

Por lo anterior, las autoridades buscan incrementar la demanda de los solicitantes, por lo que buscan que este apoyo llegue a beneficiar a alrededor de 10 millones de mexicanos.

Para poder lograrlo, se anunció que el monto del apoyo pasará a los 6 mil pesos bimestrales para 2024. Además de que la edad mínima se reducirá a 65 años.

A pesar de revelar tales beneficios, la Secretaría del Bienestar detalló algunas Reglas de Operación, pues la pensión podría retenerse, suspenderse o anular definitivamente.

¿Cómo me puden suspender, retener o anular la Pensión Bienestar?

Motivos de suspensión

De acuerdo con lo señalado por la Secretaria del Bienestar se puede suspender el apoyo por los siguientes motivos:

  • En caso de retención, el beneficiario tendrá que aclarar los motivos que se investigan, por ejemplo, si se identificó que estaba duplicado, o que cobra apoyos simultáneos. Si no lo hace en un periodo de cuatro meses, la ayuda se suspenderá
  • La persona derechohabiente o su adulto auxiliar podrán solicitar que sea revisada la situación de suspensión del padrón en el momento que lo considere; la Secretaría del Bienestar deberá apoyar en este proceso

➡️ Gobierno Federal buscará aumentar pensión de adultos mayores para 2024

Motivos para la retención

El beneficio del gobierno se retendrá si el derechohabiente realiza algunos de los siguientes supuestos:

  • Si existen inconsistencias en los datos personales o en la documentación del derechohabiente
  • Cuando el beneficiario no se presenta a cobrar su pensión durante dos bimestres consecutivos (se excluyen los periodos en los que se otorgue el pago adelantado; ej. temporalidad de elecciones federales)
  • Cuando el derechohabiente aparezca duplicado en el padrón
  • Cuando se detecte alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente
  • Cuando en el Registro Nacional de Población el beneficiario aparezca en situación de defunción (se debe comprobar información)
  • Cuando se realice la compulsa de datos en sitio por el personal de la Secretaría de Bienestar y no puedan localizar al beneficiario o al adulto auxiliar en fechas y horas distintas hasta en dos ocasiones consecutivas
  • Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos

Se busca que para 2024 el apoyo económico incremente a 6 mil pesos. | Foto: Bienestar

Bajas definitivas

  • Si el derechohabiente realiza lo siguiente será motivo de baja definitiva:
  • Cuando se notifique el fallecimiento del derechohabiente por parte del registro civil, la autoridad local o el adulto auxiliar
  • Cuando el beneficiario lleve suspendida la pensión durante cuatro meses consecutivos
  • Cuando se detecte que el adulto mayor proporcionó información o documentación falsa
  • Al identificar que el afiliado no cumple con los Criterios de Elegibilidad enumerados en el artículo 3.3 del documento de Reglas de Operación
  • Cuando el beneficiario solicite la baja voluntaria
  • Cambio de residencia temporal



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Policiaca

Capturan a mujer que presuntamente asesinó a su hermano en la colonia Killian

Los hechos ocurrieron la madrugada del domingo 2 de octubre de 2016 en una casa del bulevar La Luz

Policiaca

Atacan a balazos a tres adolescentes en San Francisco del Rincón; muere uno

Las víctimas se encontraban afuera de una vivienda cuando sujetos a bordo de dos motocicletas les dispararon

Policiaca

Balean cortejo fúnebre en Jardines del Moral; hay dos heridos

El vehículo de los presuntos responsables fue localizado en calle Fuego casi esquina con el bulevar Campestre

Policiaca

"Seguimos buscando a Javier"

Anselmo y Maura, padres del pequeño, imploran a la ciudadanía que se sumen a las jornadas de búsqueda y reporten a las autoridades cualquier información que tengan sobre el menor

Policiaca

Muere motociclista atropellado en Jesús del Monte

La víctima no fue identificada. El responsable fue un camión de carga pero su conductor huyó del lugar en la unidad